Las instituciones privadas son instituciones que funcionan de manera particular pero sujeta a las normas de educación del estado central.
Advertisement
Para que usted cree una unidad educativa privada en su hogar o en un edificio particular tiene que conocer que implica fórmala, dirigirla y como administrarla. Estamos seguros que mediante este artículo tendrá una idea de cómo hacerlo.
Contenidos de la página
Requisitos para crear una Institución Educativa Privada en Ecuador
Para que usted sea representante de cualquier Institución Educativa Particular, primero debe tener una preparación universitaria, esto es muy importante pues usted tendrá a su cargo y dirección un grupo de infantes y jóvenes.
Advertisement
También se considera necesario que realice estudios en pedagogía, psicología, administración entre otros.
Una vez que usted tenga lo básico ya mencionado necesita tener de su lado a un personal capacitado con estudios superiores completados y títulos registrados.
- Independientemente de si inicia en este ámbito por que necesiten:
- realizar la ampliación de las instalaciones que ya tiene a su cargo
- va a realizar un cambio de domicilio,
la autorización de creación y funcionamiento de instituciones educativas fisco misional dependen exclusivamente del ministerio de educación del ecuador.
Si se preguntara Qué necesita para hacer el trámite de mi institución educativa, aquí le daremos una guía de cuáles son los Requisitos Obligatorios:
- Debe llenar una Solicitud de autorización a ministerio de educación.
- Presentar un proyecto Educativo Interinstitucional (PEI), este debe estar muy bien detallado y redactado pues de ese dependerá la aprobación o negación de autorización.
- Diseñar un Propuesta llamativa del Plan de Gestión de Riesgos para las instalaciones.
- Entregar un resumen detallado de los perfiles del cuadro de directivos y docentes de la institución educativa que se creará así como de las funciones a desempeñar por cada uno de ellos.
- Escribir un informe tipo Estudio económico financiero donde se demuestre que el proyecto educativo que usted aspira es viable y sostenible, y en este les asegure la continuidad del proceso educativo a sus posibles usuarios.
- Declaración juramentada notariada y registrada
Como crear una Institución Educativa Privada en Ecuador
Una Institución Educativa no es más que un grupo de profesionales que utilizan los bienes entregados por las autoridades públicas o por particulares con el fin cuya finalidad de prestar un servicio de educación en los diferentes niveles desde inicial, básica y bachillerato
Para crear una institución educativa privada en ecuador necesita que se le Otorgue la autorización de creación, ampliación, cambio de domicilio, creación y funcionamiento.
Las creaciones se logran con esfuerzo y dedicación al hacer los trámites ante el ente encargado de manera oportuna y eficiente y en base a la normativa legal vigente. Los pasos para lograr su autorización son los mencionados a continuación:
Acudir ante la Dirección Distrital más cercana al lugar de la futura creación, allí usted solicitara el trámite presentando su número de documento de identidad.
El tramite consiste en la entrega de los documentos que ya le indicamos, listo ese paso este será ingresado al Módulo de Gestión de Atención Ciudadana (MOGAC) del ministerio de educación.
Para agilizarlo se le solicitara copias de su número de documento de identidad que luego será direccionado al área competente para realizar la solución o respuesta de su trámite.
Estar siempre pendiente de la respuesta o resolución de su trámite a través de la ventanilla de atención al ciudadano en los horarios para ello.
Las Direcciones Distritales del Ministerio de Educación son el primer escalón para lograr las autorizaciones de instituciones educativas privadas.
Puede informarse de ello escribiendo al Email: [email protected] o también comunicándose a los Teléfonos 1800338222.
Permiso de funcionamiento instituciones educativas
El ministerio de educación es el organismo público que regula las normativas que rigen el proceso educativo.
Sin embargo este delega la primera fase a las Direcciones Distritales de cada entidad para que realice el trámite y verifique las informaciones suministradas por los interesados.
Los permisos dependerán del proyecto y las propuestas originales que se presenten así como el informe detallado del personal que ejercerá funciones con usted.
Muchas veces estos proyectos de creación de instituciones educativas son rechazados sea porque no se dispone de los recursos en ese momento o que la información entregada no cumple el nivel de calidad exigido.
Ministerio de Educación en Ecuador
El Ministerio de Educación del ecuador es una institución pública que se encuentra dividida de la siguiente manera:
- Educación pública o fiscal fisco misional,
- Municipal,
- Privada o particular
- Laica o religiosa
- Bilingüe intercultural.
De acuerdo a lo descrito en la Constitución de la República del Ecuador “el estado garantizará la gratuidad de la educación en todos los niveles.
También en el mismo cuerpo legal pone de manifiesto que una parte de los ingresos de las arcas fiscales debe destinarse para la inversión en educación”.
Esta misma constitución establece las divisiones de este sistema educativo por niveles que son:
- Preparatoria (Sub-nivel 1), que corresponde a 1.er grado de E.G.B. y preferentemente se ofrece a los estudiantes de 5 años de edad.
- Elemental (Sub-nivel 2), que corresponde a 2º. 3º. Y 4º. Grados de E.G.B. y preferentemente se ofrece a los estudiantes de 6 a 8 años de edad.
- Media (Sub-nivel 3), que corresponde a 5º. 6º. Y 7º. Grados de E.G.B. y preferentemente se ofrece a los estudiantes de 9 a 11 años de edad.
- Superior (Sub-nivel 4) ¸ que corresponde a 8º. 9º. Y 10º. Grados de E.G.B. y preferentemente se ofrece a los estudiantes de 12 a 14 años de edad.
Fundamento legal
Para la creación de una institución educativa privada o particular le recomendamos leer lo manifestado por el ministerio de educación a saber:
el Decreto Nro. MINEDUC-MINEDUC-2019-00053-A SRA. MARÍA MONSERRAT CREAMER GUILLÉN MINISTRA DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO:
“ los artículos 26 y 27 de la Constitución de la República del Ecuador, prescriben que la educación es un derecho de las personas y un deber ineludible e inexcusable del Estado.
Que el 91 del Reglamento General a la Ley Orgánica de Educación Intercultural establece:
“Las autorizaciones de creación y funcionamiento de las instituciones educativas públicas, fisco misionales y particulares para todos los niveles y modalidades son otorgadas por el Nivel Zonal correspondiente
sobre la base del informe técnico de la Dirección Distrital respectiva y previo cumplimiento de los requisitos establecidos por el Nivel Central de la Autoridad Educativa Nacional para el efecto”;
El 95 del citado Reglamento General determina que: “La Autoridad Educativa Zonal concederá la autorización de creación y funcionamiento inicial a las instituciones educativas que cumplan con todos los requisitos establecidos en la Ley
en el reglamento y en la normativa específica que expida el Nivel Central de la Autoridad Educativa Nacional y que la autorización inicial tendrá una vigencia de seis (6) meses.
Durante los cuales los auditores educativos deben verificar el grado de observancia de las obligaciones asumidas por el patrocinador en su solicitud de autorización ( … )”;
En vista de lo mencionado en dicho decreto se libera la siguiente:
“NORMATIVA PARA LA AUTORIZACIÓN DE CREACIÓN Y RENOVACIÓN DE FUNCIONAMIENTO DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS PÚBLICAS, PARTICULARES Y FISCOMISIONALES CON MENOS DE 120 ESTUDIANTES, los articulos son:
“ 1.- Ámbito.- Las disposiciones contenidas en el presente Acuerdo Ministerial son de cumplimiento obligatorio para todas las instituciones públicas, particulares y fisco misionales con menos de 120 estudiantes, del Sistema Nacional de Educación.
2.- Objeto.- La presente normativa regula la autorización de creación y renovación de funcionamiento de los establecimientos educativos públicos, particulares y fisco misionales con menos de 120 estudiantes.
3.- Competencia.- La Autoridad Educativa Nacional a través de las Subsecretaría de Educación del Distrito Metropolitano de Quito y del Distrito de Guayaquil; y, Coordinaciones Zonales, emitirán la correspondiente resolución de autorización de creación y/o renovación del permiso de funcionamiento de los establecimientos educativos con menos de 120 estudiantes.”
Esperamos que los siguientes artículos tomados de la constitución y del decreto le sean de gran utilidad. Para leer el decreto completo haga clic en el siguiente enlace Aquí
Vídeo.
Además puede ver el siguiente vídeo.
Gracias y suerte con sus planes!