Estas al día y cumplir con los impuestos de manera anual puede significar un verdadero quebradero de cabeza; sobre todo cuando se trata de tener en orden los documentos que necesitamos para poder llevar a cabo dicho trámite. Sin embargo, aquí te invitamos a conocer sobre cómo puedes obtener el Formulario para Gastos Personales otorgado por el SRI.
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Quédate con nosotros y te informarás con respecto a dónde puedes descargar este formulario de manera rápida y cómoda; además, aprenderás un poco más acerca de la tabla de gastos personales para este 2020 y conocerás de manera específica cuáles son los cinco (5) rubros que se toman en cuenta.
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¿Cómo obtener el Formulario Gastos Personales?
Actualmente, existe la posibilidad de poder obtener los formularios que necesitemos para nuestros trámites correspondientes al SRI mediante el portal web que el mismo ofrece. De esta manera, cuentas con la oportunidad de poder realizar la descarga directamente a tu dispositivo con acceso a internet sin la necesidad de tener que salir de tu hogar.
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Cabe resaltar, que el Formulario de Gastos Personales para nada es la excepción; por lo tanto, te indicamos a continuación cómo puedes llevar a cabo los pasos necesarios para obtenerlo en cuanto lo necesites.
Descarga de Formulario Gastos Personales
Para poder acceder a los enlaces de descarga para obtener el formulario y así poder entregarlo cuando corresponda, debes tomar en cuenta los siguientes pasos que te mencionamos a continuación:
- Primero, ingresa a la página web que ofrece el SRI haciendo clic en el siguiente enlace.
- Luego, ubica la sección denominada Información sobre impuestos y haz clic.
- Seguidamente, haz clic en ¿Cómo declaro mis impuestos?, seguido de Formularios y guías.
- Una vez allí, puedes ubicar los formularios de Gastos personales y escoger el enlace por el cual quisiera descargarlos.
Anexos
Puede que hasta este punto te preguntes qué es el anexo de los gastos personales; sin embargo el mismo no es más que un documento que permite el registro de los montos con respecto al consumo deducible de cinco (5) rubros. Estos rubros se encuentran denominados como salud, alimentación, vivienda, educación y vestimenta; dicho anexo se utiliza para reducir el valor a pagar del Impuesto a la Renta del año en curso.
Quienes deben elaborar el anexo son los empleados que proyectaron egresos desde un monto en específico mínimo hasta un monto máximo tope; dichos montos suelen variar dependiendo del año fiscal en el que se encuentre el contribuyente, así como también de en dónde se reside, como por ejemplo, los que residen en Galápagos tienen un monto tope un tanto más alto que en el resto del país.
Adicionalmente, deben elaborar este anexo aquellos quienes hayan calculado rubros por montos menos que el mínimo; pero que sin embargo registren pagos o consumos superiores al mismo y quieren, en caso de que sea el caso, que el SRI les devuelva parte o todo el impuesto que haya sido pagado en exceso.
También, aquellas personas naturales que tengan la obligación o no de llevar a cabo la contabilidad y deseen beneficiarse de la deducción y pagar un menor impuesto a la renta anual; deben elaborar el anexo del Formulario de Gastos Personales.
¿Qué es el Formulario Gastos Personales?
El Formulario de Gastos Personales es un documento proporcionado por el SRI que se utiliza para entregar la proyección de gastos personales de manera anual; de esta manera, las personas pueden beneficiarse con una menor retención de impuesto a la renta mensual.
Es preciso mencionar, que cada año la base imponible de impuesto a la renta puede variar cada año; siendo el del 2020 de un total de $ 11.315,01. Mientras que la base imponible de impuesto a la renta para el año anterior fue de $ 11.310.
Tabla de gastos personales
Para el año 2020, la tabla de gastos personales deducibles en la proyección en la que se indica a continuación:
Tipo de gasto | Monto máximo |
Vivienda | $ 3.677,37 |
Educación | $ 3.677,37 |
Alimentación | $ 3.677,37 |
Vestimenta | $ 3.677,37 |
Salud | $ 14.709,50 |
Tomando en cuenta, que el tipo de gasto se especifica de la siguiente manera:
- Vivienda: son gastos generados por la adquisición o construcción, remodelación, ampliación, mejora o mantenimiento de la casa en donde residas actualmente. Aquí también se toma en cuenta el pago del arriendo, servicios básicos y alícuotas.
- Educación: son gastos correspondientes a los pagos de matrícula, pensión, útiles, textos escolares, derechos de grado, cuidado infantil, transporte escolar, uniformes y equipos de computación. También se toma en cuenta el material didáctico para estudio e intereses de créditos educativos brindados por las instituciones autorizadas; además, se agregan gastos por arte y cultura.
- Alimentación: gastos que corresponde a la compra de productos naturales y artificiales; también a la compra de alimentos en centros de expendio de alimentos ya preparados, así como también a las pensiones alimenticias.
- Vestimenta: en este rubro se toma en cuenta cualquier tipo de adquisición de prenda de vestir, por la confección de ciertas prendas y pañales. Es importante mencionar que este rubro no cubre accesorios ni ningún tipo de joyería.
- Salud: para este rubro se toma en cuenta el pago de honorarios médicos y profesionales de la salud; también para servicio de salud ofrecido en hospitales, clínicas y laboratorios autorizados. Adicionalmente se toma en cuenta medicina prepagada, prima y deducible de un seguro médico; insumos médicos, medicamentos, lentes, prótesis y algún otro accesorio para la salud.
Proyección de gastos personales
Como ya se ha mencionado y se ha observado anteriormente, la base imponible de la tabla de impuesto a la renta en personas naturales para el año 2020 es de $ 11.315; en comparación con la del año anterior siendo de $ 11.310.
Esto quiere decir, que quien gane mensualmente hasta $ 1.041,31 incluyendo comisiones y sobretiempos no tiene por qué pagar el impuesto a la renta del año en curso. Cabe mencionar, que este cálculo sólo se refiere a los empleados que se encuentren bajo relación de dependencia.
No obstante, a esos $ 1.041,32 se le descuenta el aporte personal al IESS que da un total de $ 98,40; por lo tanto, el monto neto a recibir mensualmente es de $ 942,92, dando un monto anual de $ 11.315 de ingresos gravables, significando que ese empleado no pagará el impuesto a la renta.
Por otro lado en el sector público, aquellos empleados bajo relación de dependencia que no paguen impuestos serán quienes ganes menos de $ 1.064,84 al mes. A este monto mensual, se le resta el aporte al IESS el cual es de $ 121,92, obteniendo un monto neto a recibir de $ 942,92; dando un monto anual de $ 11.315 de ingresos gravables. Es decir, ese empleado tampoco pagará el impuesto a la renta del año en curso.
Recomendaciones
Para finalizar, no está de más el ofrecerte algunas breves recomendaciones que debes tomar en cuenta a la hora de realizar un respaldo de los gastos deducibles proyectados:
- Procura que durante el año guardes cada factura correspondiente a los distintos rubros que hemos indicado anteriormente y que cumplan con los requisitos legales del SRI. Además, guarda también las facturas que se encuentren a nombre de:
-
- Tu cónyuge o conviviente.
- Tus hijos menores de edad o con discapacidad que dependan directamente de ti.
- Tus padres que se encuentren en situación de dependencia directa a ti.
- Evita realizar transacciones por medio de cajeros automáticos en caso de que observes personas sospechosas.
Esperamos que este artículo te haya sido de bastante utilidad; muchas gracias por leernos. ¡Feliz día!