El Presidente de la República en Costa Rica es la máxima autoridad Constitucional de la Nación, este cargo puede ser ejercido por cualquier Ciudadano de esta Nación siempre y cuando cumplas con los requisitos exigidos por Ley.
SI tienes el deseo de Postularte a la Presidencia de la República, si no tienes un conocimiento claro de cómo hacerlo, en este Artículo que llevaremos a conocer todo lo que necesitas para que puedas Ejercer tu Derecho.
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Requisitos para ser Presidente en Costa Rica
En Costa Rica la Soberanía del Pueblo se basa en el Derecho Universal de la elección libre y directa a través del Voto para elegir de sus Gobernantes, representada por el Presidente de la República, establecido esto en la Constitución de Costa Rica en su Artículo N° 130.
Ahora bien en el Artículo N° 130 establece que el Presidente de la República junto con los Ministros y los Vicepresidentes deben ejercer la Voluntad del Pueblo a través del Poder ejecutivo, y en el en Articulo N° 131 se establece los requisitos para poder ser Presidente de Costa Rica:
- Debes Ser Ciudadano Costarricense por Nacimiento y no estar en ejercicio de funciones
- Pertenecer al estado Seglar
- Debes ser Mayor de treinta (30) años
Por consiguiente que todo Ciudadano Costarricense que cumpla con estos requisitos podrá optar a ser electo Presidente de la República.
¿Cómo se elige al Presidente en Costa Rica?
Amparados bajo el Artículo N° 131 de Constitución Política de Costa Rica , el Presidente de la República será electo en Votaciones Libres por los ciudadanos cada Primer Domingo del mes de Febrero cuando correspondan las elecciones para un nuevo mandato constitucional.
La persona que va a ser elegida Presidente de la República debe obtener un margen superior al 40% de los Votos de población Votante, en estas mismas elecciones se eligen dos (2) Vicepresidentes bajo las mismas condiciones electorales.
¿Cuáles son las funciones del Presidente?
El Presidente de Costa Rica debe ejercer sus Funciones relacionadas a su cargo en dos fases, las Primeras corresponden a sus Funciones Directas y las Segundas a las Funciones y Deberes que deben cumplir acompañados con los Vicepresidentes se describirán ambos casos:
Funciones Directas del Presidente de la República:

- Puede Nombrar y Cambiar a cualquier miembro del gabinete ejecutivo (Ministros del Gobierno)
- Es la Representación Oficial del País ante todo acto Público
- Es quien Ejerce el Control y Aplicación total de la Fuerza Pública bajo su mando
- Debe realizar un Discurso ante la Asamblea Legislativa donde aborde temas de importancia relacionados a la Administración del Estado y el ámbito Político de la Nación, donde exprese soluciones y alternativas para solucionar los problemas de la Nación.
- Debe Solicitar y Obtener el Permiso de la Asamblea Legislativa cada vez que desee viajar fuera del país, a excusión de los países de Centro América o Panamá, esta ausencia no debe ser mayor de diez (10) días, esto es de carácter obligatorio mientras esté en funciones de su Cargo y un año después de abandonar el Cargo
Funciones Directas del Presidente de la República junto a los Vicepresidentes:

- Pueden Nombrar y Remover a cualquier empleado de la Fuerza Pública y trabajadores que ejerzan funciones como trabajadores de Confianza
- Se pueden Nombrar y Remover a cualquier empleado que preste servicios en alguna de sus dependencias
- Pueden Promulgar, Sancionar y Reglamentar leyes que bajan en beneficio de la Nación
- En los casos de Receso de la Asamblea Legislativa puede declarar estado de excepción y suspender garantías (salvo ciertas circunstancias)
- Deben Proponer y tener Iniciativas para la creación y promulgación de Leyes
- Deben garantizar y mantener el Orden Público de la Nación, garantizando así las Libertades
- Promover la Recaudación e Inversión de los ingresos del estado por el Cobro de Impuestos
- Realizar Convenios Públicos dentro y fuera de la nación y buscar la aprobación de estos a través de la Asamblea Legislativa para dar cumplimiento y aplicación de estos.
- Todas aquellas otras funciones que establezca la Ley y sus Normas.
Presidencia de Costa Rica
En Costa Rica se han establecido Periodos Constitucionales y Presidenciales desde su Indecencia en el año de 1821 y han existido desde entonces 55 Presidentes que han sido elegidos es distintos periodos de la Historia Constitucional de este País.
Y este Derecho Constitucional del Pueblo que es de donde depende su poder originario de ha cumplido durante 189, cumpliéndose así la voluntad del Pueblo. El último Presidente Electo en el Año 2018 y el cual está en pleno Ejercicio de sus Funciones es el Presidente Carlos Álvaro Quesada.
El cual inició su periodo Constitucional el 8 de Mayo del 2018 y estará en el poder hasta el 8 de Mayo de 2022 cuando culmine su periodo Constitucional.
¿Cuánto tiempo dura el mandato del Presidente?
Según lo establece la Constitución Política de Costa Rica en su Artículo N° 134, el periodo Constitucional para el mandato del Presidente de la República será de cuatro (4) años, iniciando este periodo constitucional el 8 de Mayo del año de donde se realizaron las elecciones.
¿Cuántas veces se puede ser Presidente en Costa Rica?
Como ya se ha mencionado la Constitución de en su Artículo 134 establece que el periodo Constitucional es de 4 años.
Y puede ser electo sólo por Un Periodo Constitucional, es decir solo puede ser Presidente una sola vez.
En este Artículo se establece que todo Ciudadano que incumple el derecho Constitucional de Alternabilidad presidencial deberá enfrentar los Cargos Penales que establezca la Ley.
Fundamento legal
Las Bases Legales y Fundamentales para la Elección, periodo Constitucional, Deberes y Funciones del Presidente de la República en Costa Rica, están amparados por los Artículos 130, 131,132, 133, 134, 135, 136, 137 y 138 de esta Constitución.
Ejercer el deber Constitucional de ser electo Presidente de Costa Rica, es el Honor más grande que puede tener cualquier Ciudadano Costarricense.
Suerte y Gracias por Consultarnos.