Este artículo ha sido creado con el fin de enseñarte cómo completar o hacer el llenado correcto del formulario D140 de Hacienda.
Advertisement
Toda la información y más que debes saber sobre este formulario está descrita en esta guía realizada por https://requisitosmania.com para ti.
Contenidos de la página
¿Cómo completar el Formulario D140 de Hacienda?
Al momento de llevar a cabo un trámite que requiera completar algún formulario es de suma importancia conocer el mismo para hacer su llenado de manera correcta.
Advertisement
Es por ello que en este artículo te indicaremos cómo hacer el llenado casilla por casilla, con el fin de que evites errores y puedas hacer tu declaración D140 de la manera más eficiente.
Este formulario tiene por nombre Declaración D140 Inscripción en el Registro Único Tributario y su propósito es notificar a la administración tributaria el comienzo de tus actividades económicas.
Este formulario está compuesto por varias partes las cuales vamos a detallar casilla a casilla en el siguiente ítem.
Paso a paso
Primera parte, la cual corresponde a la identificación del contribuyente.
- La primera casilla de esta parte es únicamente para la administración tributaria.
- En la casilla Numero 4 hay que señalar si eres persona Física, nacional o extranjera, o si eres persona jurídica, aquí debes colocar tú número de cédula de identidad en el caso de ser nacionalizado costarricense.
Por otro lado si eres extranjero debes ingresar el número de DIMEX (Dirección General de Migración y Extranjería) o el del NIT.
Sin embargo si eres una persona jurídica (empresa) debes ingresar el número que se te fue asignado por el registro público.
- La casilla numero 6 corresponde al nombre de la persona física o jurídica, para personas físicas deben poner su nombre en orden desde apellidos a nombres.
Por otro lado si eres persona jurídica debes poner la razón social según se encuentra la empresa en el registro público.
Segunda parte, esta corresponde a los domicilio fiscales, es importante saber que el domicilio fiscal de una persona física es donde esta desarrolla sus actividades económicas.
Por otro lado el domicilio fiscal de los entes jurídicos es donde llevan a cabo su gestión administrativa y el lugar de sus negocios.
Esto según lo establecen los artículos 35 y 36 del Reglamento de Procedimientos Tributarios.
- En la casilla llamada “otras señas”, debes proporcionar la dirección exacta del domicilio agregando lugares de referencia que perduren en el tiempo.
- Las casillas 11, 12 y 13 corresponden a la provincia, cantón y distrito de la dirección mencionada en la casilla anterior.
La tercera parte corresponde a los datos relacionados con la actividad económica que desempeñas.
- La primera casilla corresponde a “descripción de la actividad económica” en el cual debes indicar muy detalladamente el tipo de actividad que desarrollas.
- La siguiente casilla es sobre “código de actividad económica” en esta se debe reflejar únicamente la actividad tributaria.
- Seguimos con la casilla de fecha de inicio de actividades, como su nombre lo indica se deben expresar el día, mes y año de inicio de actividades.
- Seguido viene el campo “nombre comercial o de fantasía”, en el cual se debe colocar el nombre comercial del negocio.
De no tener dicho nombre debes colocar alguna característica como: panadería, taller mecánico, entre otros.
La cuarta parte es referente al domicilio exacto del negocio.
- En la sección de “otras señas” debes colocar la dirección exacta del mismo con puntos de referencias.
- Las casillas 32, 33 y 34 debes proporcionar la información de la provincia, cantón y distrito según se indiquen.
En el caso de que la dirección del negocio y la del domicilio fiscal sea la misma, debes señalar con una “X” en la casilla que te lo indique.
Seguimos a la sección 5, donde se deben expresar los datos del representante legal del negocio.
- En la primera casilla se debe colocar el número del documento de identidad del representante, recuerda que para personas costarricense número de cédula, y número de DIMEX o NIT si es extranjero.
- Las siguientes casillas son de Apellido 1, Apellido 2, Nombre 1 y Nombre 2: debes colocar los nombres y apellidos según te indica el formulario.
- El campo de “otras señas” es para el domicilio del representante, recuerda hacerlo con puntos de referencias.
- Las tres casillas siguientes corresponden a la provincia, cantón y distrito.
- Sigue el campo de “representación” donde debes señalar con una “X” si se trata de una representación individual o conjunta.
- En el campo de “poder con que actúa” expresa las siguientes opciones: generalísimo, general, sin límite de suma u otros, debes indicar según el que te corresponda.
- Finalmente indica la información según los campos te mencionan en sus títulos.
La sexta parte es sobre la información del apoderado legal, de igual modo debes expresar todos los datos personales que se te van exigiendo en el formulario.
Finalmente la sección 9 es al respecto de las obligaciones tributarias, donde se debe señalar cada información precisa del tema.
¿Cuál es el Formulario D140?
Ya conoces cómo completar adecuadamente el formulario D140, ahora es necesario que conozcas cuál es este formulario a ciencia exacta.
Lo primero que debes saber es que este formulario fue implementado según la nueva Ley N° 9428 del 2017, reemplazando al antiguo formulario de declaración D300.
Este formulario D140 nace con el propósito de que todos aquellos propietarios que tengan en su poder personas jurídicas inactiva hicieran la actualización de sus datos en el sistema en línea de ATV.
Esto con el fin de que cada persona jurídica plasmara nuevamente sus activos, pasivos y patrimonios.
Para hacer el registro correcto de los activos los propietarios deben reflejar el valor global según su valor de adquisición.
Por otro lado para los patrimonios deben señalar su razón social, esto aunque estas personas jurídicas no hayan tenido actividad económica.
El propósito principal de implementar este nuevo formulario D140 es obligar a todos los propietarios a hacer sus declaraciones tributarias, una vez ya que se tenga toda la información al día.
¿Quién debe presentar el Formulario D140?
Esta suele ser la inquietud más generada en los usuarios, pues existen aún mucha desinformación al respecto, por ello te vamos a explicar qué negocios deben hacer la presentación del formulario D140.
Como antes lo mencionados este formulario entró en vigencia en septiembre del año 2017 con una nueva Ley sobre el deber de las personas legales, N° 9428.
Con esta nueva Ley se han establecido nuevos programas, donde se establece que las organizaciones inactivas deben incluirse en el nuevo sistema de ATV y terminar así el D140.
O en su defecto, de no ajustarse al reglamento de esta nueva Ley, serían sancionados a cancelar el pago de multas.
Lo que quiere decir que todas aquellas organizaciones que aún no estén inscritas en el Servicio Único y que por lo tanto no han terminado de llenar los datos sobre el agente legal, medios de contacto, entre otros, están obligadas a presentar este formulario D140 según se establece en la Ley.
Plazo de presentación
Una de las cosas más importantes que debes saber sobre el Formulario D140, es el plazo de presentación del mismo.
Sabemos que cuando hablamos de declaraciones de impuestos, ya existe un calendario para las mismas, según el año fiscal, por lo que quiere decir que también existe un plazo de presentación de cualquier formulario de declaración.
En este caso cuando hablamos del formulario D140, debe presentarse de manera anual, aunque no se haya tenido ninguna variación en su período fiscal.
El plazo para hacer la presentación del mismo es desde el 1 de enero hasta el 15 de marzo de cada año.
Como recomendación siempre decimos que no dejes para hacer la declaración en el último día, ya que el sistema puede presentar fallas.
Esto se debe principalmente a la gran cantidad de contribuyentes accediendo al portal para hacer su declaración en el último día.
Actualización de datos y registro
Para hablar de la Declaración 140 es también necesario hablar sobre la actualización de datos y registro.
Aunque ya hemos hablado de este punto vamos a volver a retomarlo, con el propósito de que tengas mejor conocimiento del tema y aclares tus dudas.
Según lo que se establece en la Ley, el contribuyente debe notificar sobre cualquier cambio en sus datos personales o jurídicos ante la administración tributaria.
Es por ello que se debe hacer la correcta actualización de datos según es establecido en el Artículo 18 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, mediante una declaración de modificación de datos.
Es importante que esta declaración se realice ante el Registro Único Tributario en un plazo ya establecido.
El plazo es de 10 días hábiles, los cuales comienzan desde el momento en el que haces la actualización de tus datos o antes de iniciar una nueva actividad.
Como siempre recomendamos no dejar a último para el último momento el actualizar los datos o hacer el registro, debido a que el sistema puede colapsar y presentar inconvenientes que no te deje realizar tu acción.
Preguntas frecuentes
Para finalizar el artículo le vamos a dar respuesta a unas de las inquietudes más generadas por los contribuyentes, con el fin de que puedas aclarar algunas dudas en el caso de tenerlas.
¿Dónde puedo conseguir el formulario D140?
Ingresando al portal web oficial del Ministerio de Hacienda www.hacienda.go.cr en el buscador puedes introducir “formulario D140” y automáticamente el sistema te arroja los resultados.
Accede al link del formulario y estará listo para que procedas a descargar el mismo.
También puedes hacer uso de este acceso directo, con lo que se facilita aún más la búsqueda.
¿Puedo desinscribirme del registro único tributario?
Es tu deber y obligación hacer el proceso de registro una vez que tus actividades económicas hayan culminado, puesto que mientras estés aun inscritos debes seguir declarando y pagando los impuestos.
Para conocer más sobre el proceso de desinscripción del Registro Tributario, puedes acceder al portal web del Ministerio de Hacienda. www.hacienda.go.cr
Esperamos que la información suministrada te haya aclarado cómo completar el Formulario D140 de Hacienda, y aclarado tus dudas… Suerte!